Wednesday, March 11, 2020

Violaciones migratorias por las que te pueden deportar

Violaciones migratorias por las que te pueden deportar Todos las personas extranjeras que se encuentran presentes en Estados Unidos pueden ser deportadas o expulsadas si comenten ciertos delitos o violaciones migratorias o de alguna forma incumplen cualquiera de las leyes de los Estados Unidos. Es decir, la remocià ³n puede afectar tanto a migrantes indocumentados como a extranjeros con visas temporales no inmigrantes como a residentes permanentes legales que tienen una tarjeta de residencia, tambià ©n conocida como green card. En este artà ­culo se explican cules son las violaciones migratorias y quà © se puede hacer si las autoridades migratorias inician un procedimiento para la deportacià ³n de una persona. Cules son las violaciones migratorias Obviamente, si ninguna autoridad se da cuenta de que la has hecho, no va a pasar nada. Pero si te agarran, dependiendo de las circunstancias del problema, te pueden deportar o  expulsar automticamente. Si ya ests fuera de Estados Unidos,  no te van a dar ningà ºn tipo de visa o documento para ingresar legalmente al paà ­s, porque se te considera inadmisible, salvo casos muy concretos en los que se puede pedir un perdà ³n. Las siguientes, entre otras, se consideran violaciones migratorias: 1. Ingresar a Estados Unidos ilegalmente 1 vez: esto es, cuando se entra sin pasar por el debido control de las autoridades de Inmigracià ³n en un puesto fronterizo terrestre, puerto o aeropuerto. Para haber ingresado legalmente es preciso que un oficial de la CBP (policà ­a fronteriza) nos dà © el OK como admitido (admitted) o parole.  Hay que tener en cuenta que ingresar ms veces o despuà ©s de haber sido deportado produce efectos ms complicados. 2. Quedarse en Estados Unidos ms tiempo del permitido: eso es lo que se conoce como overstay. Sucede con las visas no inmigrante tipo turista, estudiante, intercambio, etc (mucho cuidado con confundir la fecha de vencimiento del visado con el dà ­a tope para salir de Estados Unidos. Son dos cosas muy distintas). Tambià ©n afecta a las personas que pertenecen a un paà ­s que puede venir a EEUU como turista sin visa (estos à ºltimos sà ³lo pueden estar 90 dà ­as corridos, ni uno ms). Relacionado con este punto hay que tener en cuenta que que es posible ser removido de Estados Unidos cuando ya se ha acabado el permiso de dà ­as de estancia y se est pendiente de una solicitud de extensià ³n pedida dentro de plazo. Estos son casos raros, pero si es posible. 3. Ser un fugitivo migratorio: es decir, una persona que tiene una orden de deportacià ³n y no sale de Estados Unidos para cumplirla (es posible tener una orden de deportacià ³n y no saberlo, asà ­ te puedes enterar). Tambià ©n entran dentro de esta categorà ­a todos los extranjeros que tienen una cita para presentarse ante un oficial del ICE y no lo hacen y se les declara la deportacià ³n in absentia. Los fugitivos migratorios son un objetivo prioritario para ser deportados. 4. Violar las condiciones de la visa: en este apartado pueden darse diferentes comportamientos. Por ejemplo, trabajar con una visa de turista, no ir a clases cuando se tiene una visa de estudiante, utilizar la visa de turista en vez de la de estudiante, no abandonar Estados Unidos inmediatamente cuando el empleador en una visa J-1 de intercambio pone fin a la relacià ³n laboral, etc.   5. Matrimonio de conveniencia: cuando se obtiene la residencia por matrimonio y à ©ste finaliza por anulacià ³n o divorcio antes de que transcurran dos aà ±os desde la fecha en la que el cà ³nyuge extranjero ingresà ³ a Estados Unidos con una visa de inmigrante u otro documento emitido por razà ³n de ese matrimonio.   6. Finalizar la residencia condicional sin convertirla en permanente: Esto sucede en dos situaciones: En primer lugar, si obtienes la tarjeta de residencia por matrimonio y desde el dà ­a de la boda hasta el dà ­a en que te conviertes en residente han transcurrido menos de dos aà ±os, entonces tu residencia es condicional. Y hay que esperar dos aà ±os desde el dà ­a en que se obtuvo la residencia para convertirla en definitiva. Pero si no se produce ese levantamiento de la condicionalidad porque el matrimonio ha finalizado, porque el cà ³nyuge americano se niega a firmar o por otras razones, entonces debes abandonar Estados Unidos (a menos que por otra causa puedas quedarse legalmente). Esto tambià ©n es asà ­ para tus hijos que obtuvieron su tarjeta de residencia tambià ©n condicional, en virtud de tu matrimonio. Y en segundo lugar, si obtienes la tarjeta de residencia por inversià ³n, tà º, tu cà ³nyuge y tus hijos tienen una residencia condicional por dos aà ±os. Si no se cumplen las condiciones para levantar la condicionalidad de la residencia tienes que abandonar Estados Unidos. Si te quedas estars cometiendo una violacià ³n migratoria. 7. Contrabando de personas, lo que en las leyes de inmigracià ³n se conoce como smuggling. Te pueden acusar de esto si has ayudado, asistido o incluso simplemente animado a que otra ingrese o intente ingresar ilegalmente a los Estados Unidos. Si bien hay importantes excepciones y formas de luchar contra una acusacià ³n de contrabando de personas. 8. Mentir en cualquiera de sus formas para obtener una visa o cualquier beneficio migratorio, como por ejemplo un ajuste de estatus, etc.   Quà © pasa cuando Inmigracià ³n descubre una  violacià ³n migratoria Ninguna de las acciones mencionadas anteriormente son un delito. Sin embargo, pueden tener consecuencias migratorias muy graves: que no se puede regresar a EEUU por ser inadmisible (salvo los casos de perdones cuando es posible) y que si ests en EEUU puedes acabar siendo objeto de una remocià ³n, mediante una expulsià ³n inmediata o mediante una deportacià ³n.   El no ser un delito eso quiere decir que si ests en EEUU y una Corte de Inmigracià ³n te envà ­a una citacià ³n si se inicia un procedimiento de deportacià ³n (pero no en el caso de expulsià ³n inmediata). En estos casos  tienes que pagar tà º por el abogado, o conseguir uno pro bono que decida no cobrar. A diferencia de lo que ocurre cuando te acusan de un delito, el gobierno no te pone un abogado si no te lo puedes pagar. La consecuencia es que la mayorà ­a de inmigrantes con casos abiertos en cortes de inmigracià ³n no tienen abogado, se intentan defender a sà ­ mismos, no presentan evidencias y acaban perdiendo casos en nà ºmeros altà ­simos.   Es muy importante contar con un buen abogado, es decir, que tenga conocimientos, reputacià ³n y consideracià ³n de honesto.   Con el abogado hay que debatir cul es la mejor estrategia a seguir, ya que va a depender de las caracterà ­sticas del caso de cada uno. No hay la misma solucià ³n para todos.   Es importante analizar si puede ser conveniente solicitar una salida voluntaria. O, por el contrario, ver si es posible luchar la deportacià ³n mediante la obtencià ³n de alguna medida de alivio, como por ejemplo el asilo o la cancelacià ³n de la deportacià ³n. En corto: consecuencias de una violacià ³n migratoria si te agarran Puede significar la remocià ³n de Estados Unidos mediante una expulsià ³n inmediata, una deportacià ³n o una salida voluntaria, dependiendo del caso. O puede ser que signifique que no se puede regresar a Estados Unidos porque no se obtiene visa en los consulados por ser considerado inadmisible o porque el oficial migratorio en un puesto de control considera que la persona no puede ingresar. En este punto tener en cuenta que en los puntos de ingreso a Estados Unidos los oficiales migratorios estn autorizados a pedir acceso a aparatos electrà ³nicos como telà ©fono o computadoras. Adems, el sistema informtico de las aduanas es uno de los ms completos del mundo y contienen mucha informacià ³n.  ¿Es posible pedir un perdà ³n (waiver)? Depende del tipo de infraccià ³n que convierte a una persona en inadmisible a veces es posible pedir un perdà ³n y asà ­ regresar a Estados Unidos. Y si  se desea obtener una visa no inmigrante, como la de turista, estudiante, trabajador temporero, etc o una green card habr problemas muy serios. Si bien es cierto que en algunos casos es posible  solicitar un perdà ³n, tambià ©n conocido como waiver o permiso, cuyos requisitos operan de manera diferente segà ºn se pide una visa no inmigrante o una inmigrante y tambià ©n de cul es la causa de la violacià ³n migratoria. Por à ºltimo, tener en cuenta que los perdones son difà ­ciles de obtener y requieren que se cumplan todos los requisitos. Es muy importante evitar ser và ­ctima de abogados sin escrà ºpulos que aseguran conocer a una persona que los arregla a cambio de dinero. En la actualidad todos los perdones se tramitan en los Estados Unidos. Para tener una oportunidad para obtener el perdà ³n lo fundamental es cumplir los requisitos que pide la ley y contar con un abogado competente y honesto. Ley que aplica en caso de violaciones migratorias Para los interesados se recomienda leer la Ley de Inmigracià ³n y Nacionalidad INA 237 (a)(1) en varios apartados. Este artà ­culo es sà ³lo informativo. No es consejo legal.